La equidad de género no existe en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). El machismo que impera en sus reglamentos para aquellos hombres que quedaron viudos y que reclaman una pensión, es el tema que actualmente ocupa a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). De inicio, los requisitos que el IMSS solicita
La equidad de género no existe en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). El machismo que impera en sus reglamentos para aquellos hombres que quedaron viudos y que reclaman una pensión, es el tema que actualmente ocupa a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
De inicio, los requisitos que el IMSS solicita a aquellos varones que tramitan una pensión son muchísimos más de los exigidos a las mujeres, tales como los relativos a la salud y a la dependencia económica.
Ocho hombres son apoyados por la CNDH en un juicio en el que el propio instituto de salud se negó a tramitar las solicitudes de pensión por viudez, dejándolos sin la posibilidad de contar, en igualdad de circunstancias, con prestaciones familiares vitales para su subsistencia.
El machismo también afecta a los hombres. Ese rol que desde siglos se le ha dado como el protector, el fuerte, el que no necesita nada, es erróneo completamente. Bajo ese mismo rol, parece que se rigen instituciones como el IMSS que, según la CNDH, discriminan en un sentido estricto los derechos de los hombres que quedan viudos y demandan una pensión.
La comisión realizó una revisión de estos ocho casos y encontró que las leyes vigentes de 1973 y 1995 del IMSS, les exigen mayores requisitos a los hombres que a las mujeres.
Caso específico el del Artículo 152 que reza que “tendrá derecho a la pensión de viudez la que fue esposa del asegurado o pensionado. Si al morir, el pensionado tenía varias concubinas, ninguna de ellas tendrá derecho a la pensión. Esta le corresponderá al viudo que estuviese totalmente incapacitado y que hubiese dependido económicamente de la trabajadora asegurada o pensionada fallecida”.
La CNDH solicitó al director del IMSS, otorgar con efectos retroactivos la pensión por viudez a los ocho hombres, bajo los procedimientos más adecuados y eficaces, sin colocarlos en un supuesto jurídico que los distinga por su sexo y sin que se requieran mayores requisitos en comparación con las mujeres.
Aprovecharon también para recomendar al IMSS que se efectúen las modificaciones a las disposiciones administrativas secundarias, y a los manuales de organización y procedimientos para dejar sin efecto aquellas que transgreden el principio de igualdad y no discriminación, así como el derecho a la seguridad social, conforme a lo señalado en dicha recomendación.
https://culturacolectiva.com/noticias/imss-discriminacion-a-hombres-viudos/
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